sábado, 23 de mayo de 2009

TRÁMITES LABORALES

TRÁMITES LABORALES

Toda empresa que comienza sus actividades requerirá de la contratación de empleados y
trabajadores, por lo tanto es indispensable estar en conocimiento de las condiciones bajo
las cuales se realizarán estos contratos laborales.

El Código del Trabajo establece y puntualiza los diversos tipos de contratos, sus salarios
mínimos, pagos previsionales y condiciones que la Empresa deberá cumplir a la hora de
contratar personal. Es fundamental por tanto, el conocimiento de la Ley que lo regula
para evitar litigios laborales posteriores. Dicha información está disponible en las oficinas
de la Dirección del Trabajo o bien directamente en http://www.dt.gob.cl/

Los trámites laborales fundamentales y básicos corresponden a los llamados
Previsionales, los cuales son:

Afiliación AFP

Contempla el descuento del 10% del Sueldo Bruto que se destina íntegro a la Cuenta de
Capitalización Individual que financiará la jubilación, más un 2,3% aprox. que contempla
un Seguro de Invalidez y Sobrevivencia y la comisión de la AFP. En resumen, el
descuento total mínimo que se debe realizar es, aproximadamente, de un 12,3% del
sueldo bruto y será pagado directamente por el empleador a la AFP.
La afiliación es un trámite que debe realizar el empleado en forma independiente, el cual
optará por la AFP de su preferencia. Ésta, a su vez, enviará una carta a la Empresa
(empleador) informando el monto que deberá pagar, el cual ha sido pactado previamente
por el empleado.

FONASA o ISAPRE

El descuento obligatorio para salud corresponde a un 7% del sueldo bruto, sin perjuicio
de que el empleado haya pactado previamente con la institución un descuento mayor.
Este monto deberá ser declarado y cancelado mensualmente por la Empresa
(empleador) a FONASA o Isapre elegida por el empleado.
La afiliación de salud, al igual que la previsional, es de responsabilidad del empleado, el
cual deberá optar por FONASA o la Isapre de su preferencia, debiendo esta última
informar al empleador sobre el monto a pagar mensualmente de acuerdo al plan
contratado.

Caja de Compensación

Corresponde a una persona jurídica, sin fines de lucro, cuya función principal es actuar
como cooperadora del Estado en el ámbito de seguridad social, canalizando y
administrando los fondos correspondientes a Asignaciones Familiares, Licencias
Médicas, Subsidio de Cesantía, Pre y Post Natal y en algunos casos, ahorro y crédito de
sus beneficiarios.

Actualmente -en Chile- existen cinco Cajas de Compensación sometidas a la fiscalización
de la Superintendencia de Seguridad Social, la Contraloría General de la República y la
Superintendencia de Valores y Seguros.

La afiliación por parte de una Empresa es voluntaria y no implica ningún costo para ella ni
para el trabajador (salvo que se comprometa a algún tipo de crédito o ahorro) y para
obtenerla se requiere del acuerdo de todos los trabajadores, que debe ser adoptado por
mayoría absoluta en una Asamblea convocada especialmente para este fin.

En esta Asamblea deberá actuar un Ministro de Fe, ya sea un Inspector del Trabajo,
Notario Público o funcionario de la Administración Civil del Estado, designado por la
Dirección del Trabajo. En empresas con menos de 25 trabajadores podrá ocupar este
lugar el Empleador o Representante Legal.

La afiliación de la Empresa operará desde el primer día del mes subsiguiente al de la
fecha de aprobación de la solicitud de afiliación.

Cada Caja de Compensación ofrece distintos beneficios a sus afiliados, ya sean viajes,
cursos de capacitación, convenios médicos, venta de bonos de FONASA, etc., razón por
la cual es importante que la Empresa evalúe bien estos beneficios a la hora de optar por
una u otra entidad.

Seguro de Cesantia

El seguro de cesantía es un instrumento de protección social destinado a
proteger a las personas que quedan cesantes ya sea por causas voluntarias o
involuntarias. creado mediante la Ley N° 19.728, vigente desde el 1 de octubre
de 2002, y modificada por la Ley N° 20.328 vigente desde el 1 de mayo de 2009.

Es obligatorio para los trabajadores dependientes mayores de 18 años y
regidos por el Código del Trabajo que inician una relación laboral con fecha
igual o posterior al 2 de octubre de 2002. La incorporación es voluntaria para
aquellos que firmaron un contrato de trabajo antes de esa fecha.
Quedan excluidos del seguro los siguientes casos:

•Trabajadores de casa particular
•Trabajadores sujetos a contrato de aprendizaje
•Trabajadores menores de 18 años de edad
•Trabajadores que tengan la calidad de pensionados, con excepción de los pensionados por invalidez parcial
•Trabajadores independientes
•Trabajadores regidos por cualquier otra norma que no sea el Código del Trabajo.

Los beneficios del seguro de cesantía están relacionados con la antigüedad o
tiempo cotizado en el sistema, el tipo de contrato de trabajo y la causal de
término de la relación laboral. En términos globales, la persona que es
despedida o renuncia a su trabajo tiene derecho a realizar tantos giros como el
saldo de la cuenta del afiliado le permita, mensuales y decrecientes,
permitiéndole con ello paliar en parte su carencia de ingresos cuando se ve
enfrentado al desempleo.

El seguro de cesantía no sólo tiene beneficios en dinero, sino también en
salud, asignación familiar y apoyo a la reinserción laboral a través del
funcionamiento de una Bolsa Nacional de Empleo y becas de capacitación.

Adicionalmente, el seguro entrega beneficios al trabajador cuando se
pensiona, quien puede retirar el total de los recursos acumulados en su cuenta
individual en forma libre de impuestos. En caso de fallecimiento del afiliado,
sus beneficiarios o herederos pueden retirar el saldo acumulado, con las
mismas ventajas tributarias.

Mutual

Seguro Vida Entera

Es un Seguro Unipersonal que entrega cobertura durante toda la Vida al Titular, y además ofrece valores garantizados de acuerdo a las condiciones particulares de la póliza de Seguro.

Modalidad de Pago:» Se puede contratar a prima temporal, es decir, el Asegurado paga hasta los 60 ó 65 años de edad, continuando con su cobertura vitalicia (POL 2 92 066, CAL 2 92 068, CAD 2 92 136.).» Se puede contratar a prima vitalicia, es decir, el pago se realiza hasta la fecha de fallecimiento del Asegurado (POL 2 92 066, CAL 2 92 067, CAD 2 92 136.).

Coberturas:» Vitalicia hasta el fallecimiento del Asegurado.» Doble pago de Indemnización por fallecimiento a causa de un accidente, hasta los 65 años de edad.

Valores garantizados a contar del tercer año

» Préstamo: El Asegurado puede obtener préstamos en efectivo, que devuelve en cuotas, manteniendo la vigencia del seguro y el pago de primas.

» Rescate: Consiste en retirar la totalidad del monto especificado en la tabla de valores garantizados a la fecha, provocando con ello el término del seguro.

» Saldación: Consiste en dejar de pagar primas continuando con la cobertura por el mismo plazo, pero con un capital reducido según tabla de valores garantizados.

» Prórroga: Consiste en dejar de pagar las primas continuando con la cobertura por el mismo capital, pero por un menor plazo, según tabla de valores garantizados.

Siete Beneficios Adicionales Gratuitos

Mutual de Seguros de Chile en su condición de Corporación Mutualista sin fines de lucro, entrega a los Asegurados, Beneficios Adicionales Gratuitos:
» Atención Médica Preventiva.
» Bonificación Extra al Capital Base.
» Cesantía.
» Enfermedad de Alto Riesgo.
» Intervención Quirúrgica.
» Natalidad.
» Pérdida Total del Patrimonio por Incendio.

* La Unidad Mutual (U.M.) es una unidad reajustable, propia y única de Mutual de Seguros de Chile, autorizada por la Superintendencia de Valores y Seguros, y actualizada una vez al año según reajuste de sueldos del sector público, reajustando de esta forma todos los valores expresados en Unidades Mutual.


Seguro Dotal

Es un Seguro Unipersonal que entrega cobertura durante el período definido por el Asegurado. Luego del cual se entrega el 100% de capital contratado. Además ofrece valores garantizados de acuerdo a las condiciones particulares de la póliza de Seguro (POL 2 92 066, CAL 2 92 069, CAD 2 92 136).

Período de Cobertura

5, 10, 15 y 20 años o hasta cumplir la edad de 60 ó 65 años.

Coberturas:» Fallecimiento del Asegurado durante el período contratado.
» Doble pago de Indemnización por fallecimiento a causa de un accidente, hasta los 65 años de edad.
» Pago del 100% del capital asegurado, en caso de sobrevivencia al término del plazo contratado.

Valores garantizados a contar del tercer año

» Préstamo: El Asegurado puede obtener préstamos en efectivo, que devuelve en cuotas, manteniendo la vigencia del seguro y el pago de primas.

» Rescate: Consiste en retirar la totalidad del monto especificado en la tabla de valores garantizados a la fecha, provocando con ello el término del seguro.

» Saldación: Consiste en dejar de pagar primas continuando con la cobertura por el mismo plazo, pero con un capital reducido según tabla de valores garantizados.

» Prórroga: Consiste en dejar de pagar las primas continuando con la cobertura por el mismo capital, pero por un menor plazo, según tabla de valores garantizados.

Siete Beneficios Adicionales Gratuitos

Mutual de Seguros de Chile en su condición de Corporación Mutualista sin fines de lucro, entrega a los Asegurados, Beneficios Adicionales Gratuitos:

» Atención Médica Preventiva.
» Bonificación Extra al Capital Base.
» Cesantía.
» Enfermedad de Alto Riesgo.
» Intervención Quirúrgica.
» Natalidad.
» Pérdida Total del Patrimonio por Incendio.

* La Unidad Mutual (U.M.) es una unidad reajustable, propia y única de Mutual de Seguros de Chile, autorizada por la Superintendencia de Valores y Seguros, y actualizada una vez al año según reajuste de sueldos del sector público, reajustando de esta forma todos los valores expresados en Unidades Mutual.

Seguro Protección Múltiple Reajustable

Es un Seguro Familiar que otorga cobertura al Titular, Cónyuge o Sustituto, Hijos y Cargas. Además contempla la posibilidad de contratar protección adicional para asegurar la educación de los Hijos (Cobertura Educacional para Hijos) y otorgar protección vitalicia a los Padres sobrevivientes (Cobertura Vitalicia para Padres Sobrevivientes) (POL 2 91 046).

Período de Cobertura

5, 10, 15 y 20 años (con renovación automática al termino del período).

Modalidad de Contratación

Soltero: Asegura sólo al Titular.
Viudo: Asegura al Titular e Hijos.
Casado: Asegura al Titular, Cónyuge o Sustituto, y a los Hijos.

Coberturas:
» Fallecimiento de cualquier componente del grupo familiar incorporado en la póliza. » Indemnización por muerte accidental del Titular, Cónyuge o Carga mayor hasta los 70 años de edad.
» Desmembramiento por accidente del Titular hasta los 70 años de edad.

Coberturas Complementarias del Seguro:

» Educacional para Hijos.
» Vitalicia para Padres Sobreviviente.

Persona que recibe la indemnización:
Al Fallecimiento del Asegurado contratante se pagará el equivalente al 100% del capital base al Beneficiario designado.Si fallece cualquier componente cubierto por la póliza, se pagará al Asegurado contratante las siguientes indemnizaciones en las proporciones y cantidades que se indican:

Cónyuge o Sustituto: 50% del Capital Base.
Hijos: 20% del Capital Base.
Carga Mayor: 25 U.M.
Carga Menor: 10 U.M.

Cobertura Gratuita:

Ante el fallecimiento del Asegurado Titular, tanto el Cónyuge o Sustituto como los Hijos, reciben una póliza gratuita por los mismos capitales de la póliza original, por un período de tiempo de 10 años para el Cónyuge o Sustituto y hasta los 21 años de edad para los Hijos.

Beneficios Adicionales Gratuitos

Mutual de Seguros de Chile en su condición de Corporación Mutualista sin fines de lucro, entrega a los Asegurados, Beneficios Adicionales Gratuitos:

» Atención Médica Preventiva.
» Bonificación Extra al Capital Base.
» Cesantía.
» Enfermedad de Alto Riesgo.
» Intervención Quirúrgica.
» Natalidad.
» Odontológico.
» Oftalmológica.
» Pérdida Total del Patrimonio por Incendio.

* La Unidad Mutual (U.M.) es una unidad reajustable, propia y única de Mutual de Seguros de Chile, autorizada por la Superintendencia de Valores y Seguros, y actualizada una vez al año según reajuste de sueldos del sector público, reajustando de esta forma todos los valores expresados en Unidades Mutual.


Seguro Rentas Privadas

Es un Seguro que garantiza al Titular, el pago de una renta por un período de tiempo y en caso de fallecimiento, el pago se realizará al Beneficiario de la póliza (POL 2 96 028). Mutual de Seguros ofrece tres tipos de Rentas Privadas: Pensión, Inversión y Educación.

Pensión

El Asociado realiza un pago único según el monto a invertir. Después del período de tiempo convenido, el Titular recibirá la cantidad y monto de rentas mensuales pactadas al contratar el Seguro.

Características

Plazo:

» Período diferido **: 1 a 60 meses
» Duración de la renta a recibir: 12 a 60 meses

Prima única: 100 a 2.000 U.F.*

Beneficios Adicionales Gratuitos:

» Atención Médica Preventiva.
» Natalidad.

Inversión

El Asociado realiza un pago único según el monto a invertir. Después del período de tiempo convenido, el Titular recibirá el monto Total pactado al momento de contratar el Seguro.

Características

Plazo:
» Período diferido **: 12 a 60 meses
» Número de pagos: una vez

Prima única: 50 a 1.000 U.F.*

Beneficios Adicionales Gratuitos:

» Atención Médica Preventiva.

Educación

El Asociado realiza un pago único según la cantidad y el monto de rentas mensuales que desea recibir después del plazo pactado para financiar la educación de sus Hijos.

Características

Plazo:
» Período diferido **: 12 a 120 meses
» Duración de la renta a recibir: 12 a 60 meses

Monto de la renta a recibir mensualmente: 4 ó 8 U.F.*

Beneficios Adicionales Gratuitos:

» Atención Médica Preventiva.
» Natalidad.

Características Generales

» Se recibe una renta garantizada previamente estipulada.
» Flexibilidad para designar Beneficiarios y sus montos de renta.
» Rentas pagadas en U.F.*, su dinero no pierde el poder adquisitivo en el tiempo.

Consultas a: rentasprivadas@mutualdeseguros.cl

*U.F.: La Unidad de Fomento (U.F.) es una unidad económica que se reajusta diariamente en base a la variación que experimenta el IPC (índice de Precios al Consumidor).» ver valor U.F.

** Tiempo de Capitalización.


Seguro Protección Familiar Temporal Flexible

Es un Seguro Familiar que otorga cobertura hasta los 100 años de edad al Titular, Cónyuge o Sustituto, y hasta los 24 años de edad a los Hijos, contratando para cada uno el capital que desee, siempre que no sobrepase el 100% del capital base contratado por el Asegurado Titular. Contempla cobertura adicional para el Cónyuge sobreviviente (Cobertura Temporal para Cónyuge Sobreviviente) y Beneficios Adicionales Gratuitos para los componentes de la póliza (POL 2 03 037).

Primas Invariables en el tiempo

Sus primas mensuales permanecerán invariables hasta los 100 años de edad, momento en el cual vence el Seguro.

Cobertura

» Fallecimiento de cualquier componente del grupo familiar incorporado en la póliza.
» Indemnización por muerte accidental del Titular, Cónyuge o Sustituto hasta los 70 años de edad.

Cobertura Complementaria del Seguro:

» Temporal para Cónyuge Sobreviviente.

Beneficios Adicionales Gratuitos

Mutual de Seguros de Chile en su condición de Corporación Mutualista sin fines de lucro, entrega a los Asegurados, Beneficios Adicionales Gratuitos:

» Atención Médica Preventiva.
» Bonificación Extra al Capital Base.
» Cesantía.
» Enfermedad de Alto Riesgo.
» Intervención Quirúrgica.
» Natalidad.
» Odontológico
» Odontológico para Hijos.
» Oftalmológica.
» Pérdida Total del Patrimonio por Incendio.
» Plantillas Ortopédicas para Hijos.

* La Unidad Mutual (U.M.) es una unidad reajustable, propia y única de Mutual de Seguros de Chile, autorizada por la Superintendencia de Valores y Seguros, y actualizada una vez al año según reajuste de sueldos del sector público, reajustando de esta forma todos los valores expresados en Unidades Mutual.


Seguro Mutual Adulto Vida Entera

Mutual de Seguros de Chile, ha creado un seguro especialmente diseñado para el adulto, al cual se asocian Beneficios Adicionales Exclusivos y Gratuitos, que tienen por objeto ayudar a solventar los gastos de salud de mayor frecuencia.Es un seguro de Protección Unipersonal, que indemniza al beneficiario que usted designe, por un capital único de 50 Unidades Mutual*. (POL 2 92 066, CAL 2 92 067).

Protección Durante toda la Vida:

Es un seguro con cobertura vitalicia, que lo protege durante toda su vida, mientras su seguro se encuentre vigente.

Prima Estable:

Es una prima nivelada en el tiempo, que sólo varía una vez al año, debido al reajuste que experimenta nuestra Unidad Mutual*.

Edad de Contratación:

La edad máxima para contratar este seguro es de 69 años con 364 días, y si usted mantiene vigente en la actualidad una póliza como asegurado titular con nuestra Corporación podrá contratarlo hasta los 74 años y 364 días.

Valores garantizados a contar del tercer año

» Préstamo: El Asegurado puede obtener préstamos en efectivo, que devuelve en cuotas, manteniendo la vigencia del seguro y el pago de primas.

» Rescate: Consiste en retirar la totalidad del monto especificado en la tabla de valores garantizados a la fecha, provocando con ello el término del seguro.

» Saldación: Consiste en dejar de pagar primas continuando con la cobertura por el mismo plazo, pero con un capital reducido según tabla de valores garantizados.

» Prórroga: Consiste en dejar de pagar las primas continuando con la cobertura por el mismo capital, pero por un menor plazo, según tabla de valores garantizados.

Siete Beneficios Adicionales Gratuitos

Al suscribir este plan, usted accede, en forma gratuita, a siete (7) importantes beneficios, que consisten en ayudas económicas o sociales, a raíz de las siguientes eventualidades:

» Atención Médica Preventiva.
» Beneficio por la Compra de Audífonos.
» Beneficio por la Adquisición de un Marcapaso Cardiaco.
» Beneficio Complementario al Plan GES (AUGE).
» Beneficio por la Compra de Bastones Ortopédicos.
» Beneficio Odontológico.
» Beneficio Oftalmológico.

* La Unidad Mutual (U.M.) es una unidad reajustable, propia y única de Mutual de Seguros de Chile, autorizada por la Superintendencia de Valores y Seguros, y actualizada una vez al año según reajuste de sueldos del sector público, reajustando de esta forma todos los valores expresados en Unidad Mutual.

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