martes, 16 de junio de 2009

Tramites Laborales

  • Alta de la empresa en la seguridad social
  • Comunicación de la apertura de centro de trabajo
  • Tramites ante la oficina de empleo
  • Alta en la seguridad de los trabajadores

La contratación de trabajadores, incluso el ejercicio de una actividad productiva por el propio emprendedor requiere del conocimiento de la autoridad laboral, incluyendo en ésta a la Seguridad Social.

  • ALTA DE LA EMPRESA EN LA SEGURIDAD SOCIAL

Toda persona natural o jurídica, pública o privada, por cuya cuenta vayan a trabajar personas incluidas en el Régimen General de la Seguridad Social, deberá inscribir su empresa en la Tesorería Territorial de la Seguridad Social.
La inscripción de empresa tiene por objeto la obtención por parte de la empresa de un número de identificación válido para todo el país (el Código de Cuenta de Cotización principal).
Si la empresa tiene más de un centro de trabajo, deberá obtener un número de identificación por cada centro de trabajo situado en cada provincia.
La inscripción de la empresa es un trámite imprescindible para que el empresario pueda dar de alta a sus trabajadores.

  • COMUNICACIÓN DE LA APERTURA DE CENTRO DE TRABAJO

El empresario o representante legal de la sociedad, según se trate de una empresa individual o de una sociedad, procederán a comunicar a la autoridad laboral la apertura del centro de trabajo en el que se va a desarrollar la actividad, cualquiera que sea ésta.

  • TRAMITES ANTE LA OFICINA DE EMPLEO

1.- Solicitud de trabajadores, demandantes de empleo
2.- Depósito de los contratos de trabajo que se concierten.

  • ALTA EN LA SEGURIDAD DE LOS TRABAJADORES.

1.- Régimen general de la Seguridad Social
2.- Régimen especial de los trabajadores por cuenta propia o autónomos.

No hay comentarios:

Publicar un comentario