domingo, 24 de mayo de 2009

Iniciacion de actividades y tramites bancarios

- INICIACIÓN DE ACTIVIDADES

- Antecedentes Generales

iniciar legalmente toda actividad productiva comercial,
además marca el inicio de las obligaciones como contribuyente sujeto a impuestos, los
que se aplicarán mientras no se realice el término del giro.
Es en este momento cuando la Sociedad inicia sus actividades como persona jurídica.
Tanto éstas como las E.I.R.L (Empresa Individual de Responsabilidad Limitada) deberán
solicitar su RUT junto con la Iniciación de Actividades. En cuanto a las personas
naturales, éstas pueden iniciar con su RUT particular.
Este es un trámite obligatorio para quienes inicien actividades económicas, comerciales o
profesionales, las cuales se dividen en dos categorías, de acuerdo al tipo de renta o
ingreso que obtengan y que, en general, se clasifican en:
Primera Categoría: Todas aquellas actividades que obtienen su renta del capital y/o
de actividades comerciales, industriales, mineras, de transporte, etc.
Segunda Categoría: Actividades que obtienen su ingreso de las rentas del trabajo,
como las Sociedades y/o Servicios Profesionales.
- Procedimiento
Antes de proceder a la Iniciación de Actividades es importante tener claridad en la
descripción y códigos correspondientes al giro de la Empresa (en la página web del SII se
detallan los códigos para cada uno de los 18 sectores de actividad económica y los
subsectores asociados a ellos). Cabe señalar que una empresa puede tener más de un
giro, los cuales deben ser claramente especificados, así como también puede realizar
actividades de ambas categorías simultáneamente. El procedimiento se realiza en alguna
de las oficinas del Servicio de Impuestos Internos o bien en forma electrónica utilizando el
portal del SII (www.sii.cl).
Para las actividades enmarcadas como Primera Categoría, ya sean personas naturales
o jurídicas, es necesario presentarse ante las oficinas del Servicio de Impuestos Internos
correspondientes al domicilio de la Sociedad y presentar los siguientes documentos:
- Formulario de Inscripción al Rol Único Tributario y/o Declaración de Inicio de
Actividades (F-4415).
- Cédula de Identidad del contribuyente (o fotocopia legalizada ante Notario si es que
el trámite lo realiza un Representante Legal).
- Escritura de la Sociedad.
- Inscripción de la Sociedad en el Registro de Comercio.
- Publicación del Extracto en el Diario Oficial.
El Formulario F-4415 deberá ser firmado y presentado ante el SII por el contribuyente, el
Representante Legal o una persona autorizada con poder notarial, quien deberá solicitar
a través del mismo documento la verificación de domicilio, la cual podría demorar
aproximadamente una semana, dependiendo de la disponibilidad de los Inspectores.


Además, será necesario presentar antecedentes que acrediten el domicilio del
contribuyente, los cuales van a depender de la condición de propiedad del inmueble.
Inmueble Propio:
En calidad de comprobante se deberá presentar cualquiera de los siguientes
documentos:
- Original o fotocopia del último recibo de Contribuciones de Bienes Raíces
(Tesorería General de la República).
- Original o fotocopia del Certificado de Avalúo (en el SII se obtiene en forma
presencial o a través de la página web del mismo Servicio).
- Original o fotocopia Escritura de compra u otro documento que demuestre la
propiedad o usufructo (posesión efectiva, donación, etc. en el Conservador de
Bienes Raíces).
- Certificado o fotocopia Inscripción en el Conservador de Bienes Raíces.
- Original o fotocopia de la factura de compra del inmueble, emitida por la empresa
constructora.
- Carta firmada por Representante de la Empresa Constructora o Inmobiliaria que
certifica haber vendido la propiedad a la persona.
Inmueble Arrendado:
En calidad de comprobante se deberá presentar cualquiera de los siguientes
documentos:
- Original o fotocopia del Contrato de Arriendo.
Si el contribuyente emitirá documentos con derecho a crédito fiscal de IVA, es decir
Facturas u otros documentos como Notas de Débito, Notas de Crédito o Guías de
Despacho, el Contrato deberá estar firmado ante Notario, Ministro de Fe del SII u
Oficial del Servicio de Registro Civil e Identificación.
Leasing:
En este caso se deberá presentar el Contrato, el cual debe estar firmado por alguna
de estas personas.
- Los propietarios.
- Personas a quienes el propietario dé poder.
- Corredor de Propiedades que cuente con orden o mandato del propietario
(fotocopia simple del documento).
- Representante de Empresa Inmobiliaria y/o Constructora, demostrando (original o
fotocopia) que son los representantes.
- Representante de una Comunidad o Sucesión que demuestre ser tal.
Inmueble Cedido
Cuando existe cesión o autorización para utilizar un inmueble con fines comerciales
se deben presentar los siguientes documentos:
- Autorización escrita ante Notario, Ministro de Fe del SII u Oficial del Servicio de
Registro Civil e Identificación, del propietario o arrendatario del inmueble para
realizar la actividad declarada.


- Acompañar el original (o fotocopia ante Notario) de la Cédula de Identidad de
quien otorga la autorización.
Si el cedente es arrendatario del inmueble, debe demostrar, además, la calidad de tal
según lo señalado en el punto correspondiente a Inmueble Arrendado.
En el momento que el inspector realice la verificación de domicilio, se deberán
presentar los siguientes documentos:
- Iniciación de Actividades (F-4415).
- Notificación entregada por el SII para la verificación.
- Facturas de los proveedores (si se tuvieran).
Luego de esto se deberá concurrir a las oficinas de SII y retirar el RUT provisorio de
la Empresa, cuyo documento definitivo será remitido por correo en un lapso no mayor
a dos meses.
El trámite de Inscripción al RUT y/o Declaración de Inicio de Actividades no tiene
costo, y el tiempo que demore dependerá principalmente de la correcta presentación
de los antecedentes y de verificación de domicilio.
- Documentos Tributarios

Toda Empresa constituida legalmente comienza su obligación tributaria una vez que inicia
sus actividades. Dependiendo del tipo de empresa y/o actividad que realice deberá
operar con diversos documentos entre los cuales se encuentran las Boletas de
Honorarios, Facturas, Boletas de Venta, Libros Contables, etc.
El SII, institución encargada de la recolección y fiscalización de los impuestos, ha puesto
a disposición de los contribuyentes versiones electrónicas, tanto de sus trámites como de
algunos de los documentos tributarios que requiera la Empresa. Sin embargo, es factible
operar con documentos en formato físico, los cuales deberán adquirirse en una Imprenta
para su posterior legalización en el SII.
- BOLETA DE HONORARIOS

Es el documento tributario que le corresponde a los profesionales independientes o
sociedades de profesionales mediante el cual declaran su renta y el impuesto
correspondiente ante el SII.
La carga tributaria en estos casos es del 10%, la cual puede ser retenida por la institución
o empresa que contrata los servicios profesionales, o bien, puede ser declarada y pagada
individualmente por el contribuyente.
Actualmente existen dos formatos -físico y electrónico- disponibles para este documento:
- Formato Físico
El contribuyente deberá solicitar en una Imprenta la elaboración del talonario, el cual
debe cumplir los requisitos de Formato que determina el Servicio de Impuestos Internos.
- Numeración correlativa impresa y timbrada por el SII.
- Emisión en duplicado con el siguiente destino impreso: Original Cliente y Duplicado
SII.

- Se podrá agregar un mayor número de copias para fines de control interno, caso en
el cual en cada una de ellas deberá indicarse su destino en forma impresa y la frase
"COPIA NO VÁLIDA PARA EFECTOS TRIBUTARIOS".
- Contener en forma impresa la siguiente información del contribuyente emisor: nombre
completo, RUT, Dirección (calle, Nº, casilla, teléfono y comuna) y profesión o
actividad.
- Cuando el profesional o la persona que desarrolla una ocupación lucrativa, además
tenga la calidad de trabajador dependiente, podrá indicar en la boleta como dirección
la correspondiente al de su trabajo habitual en donde se le retiene el Impuesto Único
de Segunda Categoría.
- Señalar la fecha de emisión.
- Contener la siguiente información del cliente: nombre completo, RUT, Dirección
(calle, Nº, teléfono y comuna) y Actividad.
- Indicar la naturaleza y monto del honorario, dejando constancia, cuando proceda, de
la retención del Impuesto a la Renta.
Una vez obtenido el documento deberá ser legalizado ante SII mediante la solicitud de
Timbraje de Documentos.
- Formato Electrónico
Bajo esta modalidad el contribuyente no necesitará imprimir ni timbrar documentos. Sólo
es necesario ingresar a www.sii.cl en la opción Boleta de Honorarios Electrónicas y
completar los datos requeridos.
Luego de esto, toda vez que se necesite emitir una Boleta de Honorarios, se deberá
ingresar al mismo sitio web y completar los datos de emisión, el documento será remitido
vía correo electrónico a la empresa que haya solicitado los servicios profesionales del
contribuyente. Se debe dejar especificado quién realizará la retención del impuesto.
- FACTURA
Corresponde al documento tributario mediante el cual el contribuyente que lo emite
genera un Débito Fiscal correspondiente a la recaudación del IVA y quien lo recibe
descuenta el impuesto pagado mediante el Crédito Fiscal.
Para la emisión de Factura se requiere de la autorización expresa del SII, quien
previamente evaluará y verificará el desempeño positivo del contribuyente en su actividad
comercial.
Existen diversos tipos de Facturas, dependiendo de los requerimientos del giro a
actividad del contribuyente, los cuales pueden ser:
- Factura de Venta.
- Factura de Compra.
- Factura no Gravada o Exenta de IVA.
- Factura de Exportación.
- Factura de Venta Exenta a Zona Franca Primaria.
Este documento puede ser emitido tanto en formato físico como electrónico.
- Formato Físico
La elaboración de este documento debe ser encargada a una Imprenta y estará sujeta a
las condiciones de Formato y Contenido que establece el Servicio de Impuestos Internos,
identificando clara y expresamente los siguientes campos:
- El RUT del contribuyente.
- El nombre del documento (esto es, la palabra FACTURA, FACTURA DE COMPRA,
etc., según corresponda).
- Número correlativo.
- Razón Social.
- Unidad del SII donde debe efectuarse el timbraje.
- Fecha de vigencia de emisión del documento.
- Giro.
- Dirección y Teléfono de contacto.
Una vez obtenido el documento deberá ser legalizado ante el SII mediante la solicitud de
Timbraje de Documentos.
- Formato Electrónico
La Factura Electrónica tiene como propósito otorgar validez tributaria a operaciones
comerciales efectuadas mediante documentos generados electrónicamente, con una
importante economía de recursos respecto de los que son emitidos físicamente.
Al igual que en el caso de la Factura en formato físico, el contribuyente debe ser
previamente evaluado y autorizado por el SII para la emisión de la Factura Electrónica,
debiendo cumplir los siguientes requisitos:
1. Postulación: Sólo puede ser efectuada por el contribuyente interesado o un Representante
Legal, autenticado con certificado digital, en el sitio web del SII, ingresando algunos datos
de contacto e informando quién actuará como Usuario Administrador de Documentos
Tributarios Electrónicos al interior de la Empresa. A su vez, ésta debe:
- Tener Inicio de Actividades en regla con verificación positiva.
- Tener la calidad de contribuyente de IVA.
- No estar procesado ni sancionado por delito tributario.
2. Certificación: Luego de haber sido aceptada la postulación se debe completar el
proceso de Certificación, el cual contempla los siguientes pasos:
- Set de Prueba Asignado por el SII: Corresponde a la recepción en el SII, sin
rechazos ni reparos, de un envío de documentos que el postulante construye en
base a un archivo con datos de prueba que el SII genera en forma única para
cada postulante, en función de su giro y de los documentos que desea certificar.
- Simulación: Contempla la generación de un envío, recibido en el SII de cierto
número de documentos con datos representativos, paralelos de la operación real
del contribuyente que desea certificarse.
- Envío de Muestras de Impresión: Considera la entrega al SII de un conjunto de
documentos impresos, con un máximo de 20, de acuerdo a la normativa y que
incluyan el timbre electrónico en representación PDF417, los cuales se podrán
entregar en un archivo con imágenes según especificación del SII.
3. Intercambio de Información: Etapa en la cual el SII envía documentos tributarios
electrónicos al contribuyente postulante para comprobar que éste entrega un acuse
de recibo y la aceptación o rechazo de los documentos enviados, de acuerdo a las
definiciones que el SII ha establecido para el intercambio de información entre
contribuyentes autorizados.

4. Declaración de Cumplimiento de Requisitos: Una vez realizadas correctamente
todas las pruebas de Certificación, el contribuyente deberá declarar en el sitio web
del SII (www.sii.cl) que cuenta con la implementación de procedimientos formales y
establecidos, los cuales podrán ser auditados por el SII:
a) Gestión de Códigos de Autorización de Folios (almacenamiento y control de
acceso).
b) Foliación controlada (asignación única de cada folio autorizado por el SII).
c) Respaldo de los documentos e información generada.
d) Envío de documentos al SII.
e) Intercambio (envío y recepción) de documentos con otros contribuyentes.
f) Cuadratura de envíos aceptados, rechazados y aceptados con reparos por el SII.
g) Administración de contingencias.
5. Autorización del Contribuyente: Si todas las pruebas de Certificación se
completan exitosamente, y el postulante efectúa la Declaración de Cumplimiento de
Requisitos, el SII emitirá una Resolución que autoriza al contribuyente a operar con
Documentos Tributarios Electrónicos y lo registrará en su ambiente de producción
para que comience a generar Documentos Tributarios Electrónicos legalmente
válidos a partir del período tributario indicado en dicha Resolución.
El Servicio de Impuestos Internos ofrece, a su vez, la posibilidad de emitir Factura
Electrónica a micro, pequeñas y medianas empresas, las cuales deberán postular
directamente a través del sitio www.sii.cl y cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener Inicio de Actividades en regla con verificación positiva.
- Tener la calidad de contribuyente de IVA.
- No estar procesado ni sancionado por delito tributario.
- Clasificar como facturador de reducido número de documentos, según lo
establecido por el SII, en términos del promedio de Facturas mensuales emitidas
y el monto total de dichas Facturas.
- BOLETA DE COMPRAVENTA
Corresponde al documento tributario para actividades de Primera Categoría que da
cuenta de la situación de agente retenedor de IVA al contribuyente. La elaboración del
documento debe ser encargada a una Imprenta para su posterior legalización ante el SII.
La Boleta de Compraventa, a diferencia de la Factura, sólo genera un Débito Fiscal para
quien la emite, y deben cumplir con las siguientes características:
- Deben emitirse, como mínimo, en duplicado, donde el original debe ser conservado
por el vendedor y la copia entregada al cliente.
- Las Boletas deben llevar Impreso: Nombre o Razón Social, RUT, Domicilio (tanto de
la casa Matriz como de las Sucursales), Giro o Actividad.
- Las Boletas deben ser timbradas previamente por el SII con Numeración Única
Nacional.
- No es necesario detallar los bienes que se venden o los servicios que se prestan.
- Pueden contener, además, otras informaciones necesarias para el vendedor y su
diseño es convencional. Opcionalmente pueden anotarse datos del comprador.
- Previa autorización del SII, pueden emitirse mediante máquinas registradoras.
- Las cantidades consignadas incluyen el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
- No deben anotarse los centavos. No debe tabularse columna para los centavos.
- La fecha debe anotarse utilizando números árabes o palabras.

- LIBROS CONTABLES
Estos documentos permiten al contribuyente llevar un registro contable de la Empresa,
realizar el balance anual y respaldar su actividad ante el SII.
Dependiendo del tipo de empresa y de la categoría del contribuyente, se deberá contar
con los siguientes Libros:
Libro Auxiliar: Es un libro complementario a los principales libros de contabilidad. Su
función es registrar todas las operaciones que le son propias y centralizarlas en el Libro
Diario mediante un solo asiento contable. Existen, entre otros, los siguientes Libros
Auxiliares: Caja, Remuneraciones, Retenciones, Clientes, Compra y Ventas, etc.
Libro Auxiliar de Remuneraciones: Es un Libro obligatorio para todo empleador con
cinco o más trabajadores, en el que se deberá llevar un registro de las remuneraciones y
ser timbrado por el Servicio de Impuestos Internos. Las remuneraciones que se
encuentren en este Libro serán las únicas que podrán considerarse como gastos por
remuneraciones en la contabilidad de la Empresa.
Libro de Compra y Ventas: Es un Libro obligatorio para los contribuyentes afectos al
Impuesto al Valor Agregado (IVA), en el que se deberá llevar un registro cronológico de
las compras y ventas y ser timbrado por el Servicio de Impuestos Internos.
Libro FUT: El Fondo de Utilidades Tributarias es un Libro especial de control que deben
llevar los contribuyentes que declaren rentas efectivas en Primera Categoría,
demostradas a través de contabilidad completa y balance general, en el cual se
encuentra la historia de las utilidades tributables y no tributables, generadas por la
Empresa, las percibidas de Sociedades en que tenga participación, los retiros de
utilidades tributarias efectuados por sus dueños o socios y los créditos asociados a
dichas utilidades. Dicho Libro debe ser timbrado por el Servicio de Impuestos Internos y
su implementación es obligatoria para los contribuyentes indicados anteriormente.
Libro Diario: Corresponde al registro contable en el que se anotan todas las
transacciones en forma cronológica. Está compuesto por el debe y el haber, donde se
anotan los nombres de las cuentas debitadas y acreditadas con sus respectivos montos.
Libro Mayor: Resumen del movimiento de cada una de las cuentas del Libro Diario. Este
resumen arroja un saldo deudor o acreedor por cuenta, el cual es trasladado
posteriormente al balance.
Estos Libros pueden ser adquiridos en el comercio y luego legalizados ante el SII
mediante su timbraje.
La entidad también ofrece la posibilidad de llevar el registro contable en formato digital,
para lo cual el contribuyente deberá cumplir con los siguientes requisitos:
- Desempeñar una actividad clasificada como de Primera Categoría, según el Art. 20
de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
- Contar con Códigos de Autorización de Libros (CAL) para cada tipo de Libro Contable
Electrónico, los que se obtienen de acuerdo a lo establecido por el SII.
- No tener la condición de querellado, procesado, formalizado o, en su caso, acusado
por delito tributario, o bien, haber sido sancionado por este tipo de delito, en tanto no
haya dado cumplimiento a la pena impuesta.

- Presentar la solicitud para acogerse al modelo de operación de Libros Contables
Electrónicos, con el compromiso de cumplir las normas establecidas en la resolución
respectiva, la que debe ser ingresada por el contribuyente o su representante, en el
caso de personas jurídicas, identificado con Certificado Digital para uso tributario en
el sitio web del SII.
En la solicitud presentada para acogerse al modelo de operación, deberá cumplir con:
- Identificar a los signatarios o firmantes autorizados para la generación de los Libros
Contables Electrónicos.
- Establecer el período inicial de vigencia (año comercial) a partir del cual generará los
Libros Contables Electrónicos en el formato establecido por el SII. Este período inicial
de vigencia será como mínimo el año calendario en que se le concede la autorización
y, a más tardar, el año calendario siguiente.
- Obligarse a efectuar las declaraciones y pago de impuestos vía Internet en la forma
que el Servicio de Impuestos Internos determine, en la medida que se establezcan
aplicaciones con tal objeto.
Cumplidos los requisitos, el SII podrá autorizar al contribuyente a incorporarse al modelo
de operación de Libros Contables.

- Solicitud de Timbraje de Documentos

- Antecedentes Generales

Los documentos a timbrar corresponden a aquellos que operen bajo formato físico.
Una vez impresos los documentos tributarios que requiera la Empresa, se deberá
presentar ante el SII el Formulario de Timbraje F-3230, especificando los datos
personales del contribuyente o su Representante Legal, así como también señalando los
documentos tributarios a legalizar.
- Procedimiento
El formulario puede obtenerse en cualquier oficina del SII o bien descargarlo desde
www.sii.cl.
Debe llenar el formulario el mismo contribuyente o una persona con poder notarial para
hacerlo en su nombre y presentarlo a timbraje en las oficinas del SII correspondientes al
domicilio de la Empresa.
Los documentos tributarios que se deben firmar son, entre otros: Facturas, Boletas de
Ventas y Servicios, Boletas de Honorarios, Guías de Despacho, Facturas de Compra,
Notas de Débito, Notas de Crédito, Pagarés, Libros de Contabilidad, etc.
Los documentos tributarios pueden ser timbrados una vez que haya sido entregado el
formulario ante el SII, incluso al momento del Inicio de Actividades, con excepción de las
Facturas, Guías de Despacho, Notas de Crédito y Débito, para lo cual se debe avisar con
algunos días de anticipación, ya que requieren de verificación y autorización por parte de
la entidad. Este aviso lo puede dar cuando se declara el Inicio de Actividades.
La Legalización de Documentos Tributarios no tiene costo para el contribuyente, salvo los
relativos a la elaboración de los mismos en la Imprenta.
conomía.
Para Venta y/o Distribución de Gas Licuado:
- Autorización de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).
Casas de Reposo, Clínicas, Farmacias y otros:
- Autorización del Servicio de Salud Metropolitano respectivo.
En caso de Expendio de Alimentos para Animales:
- Autorización del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG).
Colegios:
- Autorización del Ministerio de Educación Pública.
- Declaración Jurada de conocer Ordenanza relacionada con la actividad
específica (cuando se solicite), por ejemplo, Ordenanza sobre Juegos
Electrónicos.
Agencias de Empleos, Institutos y Afines:
- Certificado del SENCE.
Bancos y Financieras:
- Autorización de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras.
Oficinas de Corredores de la Bolsa y Seguros:
- Autorización de la Superintendencia de Valores y Seguros.
Es recomendable averiguar en cada Municipalidad cuáles son los documentos y
requisitos necesarios por rubro para la obtención de Patentes Comerciales antes de
solicitarla, con el objeto de evitar demoras innecesarias.
El tiempo que tarda la tramitación puede variar entre 3 y 17 días hábiles contados desde
la recepción del Formulario y todos los antecedentes necesarios. En este tiempo los
inspectores verificarán en terreno que las instalaciones cumplan con todos los
requerimientos del rubro. Por otra parte, el arancel aplicado variará según el Municipio y
el rubro, pudiendo fluctuar entre un 0,25% y un 0,5% del capital inicial declarado por la
Empresa.
Junto con esto, e independiente del rubro, se deberán pagar los derechos de aseo y
publicidad, cuyos costos varían en cada Municipalidad. En el caso particular de estos
últimos, los valores dependerán de la materialidad y dimensiones de letreros y afiches.


- TRÁMITES BANCARIOS

Una vez iniciada la actividad comercial de una empresa, también se inician las
transacciones financieras, producto natural de la actividad empresarial. Es por esto
fundamental contar con herramientas que faciliten el manejo de los flujos de dinero y de
la contabilidad financiera. Uno de los instrumentos principales es la Cuenta Corriente, que
entrega beneficios asociados a la seguridad y comodidad, además de la facilitación de
las relaciones con proveedores y clientes.
- Apertura de Cuenta Corriente

- Antecedentes Generales

La Cuenta Corriente corresponde a un contrato entre una institución financiera y una
persona o empresa, mediante el cual esta última, tras depositar su dinero, tiene la
posibilidad de girarlo mediante diversos instrumentos, ya sean cheques, tarjeta de débito,
pago automático, etc., hasta el tope de sus depósitos. Por otra parte, la entidad financiera
pondrá a disposición del cliente estos instrumentos y se comprometerá a tener los fondos
disponibles en cualquier momento.
La Cuenta Corriente está usualmente asociada a una Línea de Crédito, que corresponde
a un crédito permanente de libre disposición ofrecido por el banco y tiene como objeto
hacer frente a imprevistos financieros. El cliente, por su parte, deberá cubrir los giros
realizados y los costos asociados a la Línea de Crédito en el plazo estipulado en el
contrato.
Otra alternativa es optar por una Cuenta Vista o Chequera Electrónica, que corresponden
en cierto modo a una Cuenta Corriente sin Línea de Crédito ni talonario de cheques.
- Procedimiento

Para obtener este instrumento financiero, el Titular o Representante Legal deberá
concurrir a cualquier banco comercial o institución financiera y presentar los antecedentes
en la sección Banca Empresa de la entidad.
El tipo de cuenta y sus productos asociados dependerá, entre otras cosas, del nivel de
facturación anual de la Empresa. Esta característica determina el tamaño de la Empresa,
y se clasifican de acuerdo a la siguiente tabla:
- Tamaño
- Empresa
- Rango de Facturación anual
- en UF (Unidades de Fomento)
- Rango de Facturación anual
- en Dólares (US$)
Microempresa Entre 0 y 2.400 Entre 0 y 60.000
Pequeña Entre 2.400 y 25.000 Entre 60.000 y 625.000
Mediana Entre 25.000 y 100.000 Entre 625.000 y 2.500.000
Grande Más de 100.000 Más de 2.500.000

Sin embargo, independiente de lo anterior, se deberá cumplir con ciertos requisitos
comunes:
- Declaración de Impuestos al día y sin infracciones laborales ni previsionales.
- Buenos antecedentes comerciales.
- Tener más de un año de funcionamiento en su rubro.
En el caso que el interesado sea Persona Natural con giro comercial, deberá
presentar los siguientes antecedentes:
- Cédula de Identidad del Titular o Representante Legal.
- Iniciación de Actividades.
- Últimas 2 Declaraciones de Impuesto a la Renta.
- Últimas 12 Declaraciones de IVA.
- Último Balance Tributario.
Para Personas Jurídicas y/o Sociedades, se debe adjuntar, además, el original o
fotocopia legalizada (recomendado) de:
- Escritura de Constitución de Sociedad.
- Inscripción del Extracto de la Escritura Pública de Constitución de Sociedad en el
Registro de Comercio respectivo, con sus anotaciones marginales y certificado de
vigencia dado por el Conservador de Bienes Raíces.
- Publicación del Extracto en el Diario Oficial.
La apertura de Cuentas Bancarias, no tiene costo, sin embargo su utilización está afecta
a los cobros de mantención e impuestos que decreta la Superintendencia de Bancos e
Instituciones Financieras (SBIF).
- Instrumentos Financieros

- Antecedentes Generales

El mercado financiero pone a disposición de sus clientes una serie de instrumentos de
financiamiento, dependiendo de la necesidad y tipo de empresa, entre los que se
encuentran:
- Crédito Directo
Corresponde a la operación de crédito mediante la cual, el banco o institución
financiera presta a la Empresa un monto de dinero que puede ser utilizado sin
restricciones y ésta, a su vez, se compromete a pagos mensuales, que consideran el
capital y los intereses provenientes del crédito.
- Leasing
Esta modalidad de financiamiento corresponde a una operación de crédito que
consiste en un contrato de arriendo entre la institución involucrada y el cliente, cuya
modalidad difiere del contrato de arriendo tradicional, principalmente en que al final
del período pactado el usuario tiene la opción de comprar o devolver el bien en
cuestión.


Existen diversos contratos de Leasing dependiendo del activo o bien de capital que
se requiera comprar, los cuales pueden ser:
- Leasing Inmobiliario, para la compra de oficinas, terrenos, inmuebles en
general.
- Leasing Mobiliario, para la compra de maquinaria, vehículos, equipos, etc.
Factoring
El Factoring o Factoraje corresponde a una modalidad de financiamiento orientada
principalmente a la pequeña y mediana empresa (Pyme) y que consiste
fundamentalmente en el traspaso de la cobranza futura de créditos y facturas
(cuentas por cobrar) de la Empresa a la institución financiera, la cual dará a cambio el
dinero correspondiente al 90% aproximadamente de esas operaciones.
Posteriormente, la institución financiera se encargará del cobro de esos
compromisos.
El beneficio de este instrumento de financiamiento es que permite a la Empresa dar
crédito a sus clientes sin afectar su flujo financiero.
Las condiciones y requerimientos para optar a estos instrumentos de financiamiento
dependerán de cada institución financiera y del estudio de crédito de la Empresa. Es
por esto importante consultar directamente en la entidad acerca de las opciones de
financiamiento que ofrecen y cuáles son sus condiciones particulares.
http://mind42.com/pub/mindmap?mid=a24cd292-7301-4e9a-babf-963df1fd61e4

Vicepresidente (Diego Zuñiga)

sábado, 23 de mayo de 2009

Mapa mental de la empresa

http://mind42.com/pub/mindmap?mid=dd48d4f3-286b-4172-8cbf-089e81e2d31b

SERSANIT

TRÁMITES LABORALES

TRÁMITES LABORALES

Toda empresa que comienza sus actividades requerirá de la contratación de empleados y
trabajadores, por lo tanto es indispensable estar en conocimiento de las condiciones bajo
las cuales se realizarán estos contratos laborales.

El Código del Trabajo establece y puntualiza los diversos tipos de contratos, sus salarios
mínimos, pagos previsionales y condiciones que la Empresa deberá cumplir a la hora de
contratar personal. Es fundamental por tanto, el conocimiento de la Ley que lo regula
para evitar litigios laborales posteriores. Dicha información está disponible en las oficinas
de la Dirección del Trabajo o bien directamente en http://www.dt.gob.cl/

Los trámites laborales fundamentales y básicos corresponden a los llamados
Previsionales, los cuales son:

Afiliación AFP

Contempla el descuento del 10% del Sueldo Bruto que se destina íntegro a la Cuenta de
Capitalización Individual que financiará la jubilación, más un 2,3% aprox. que contempla
un Seguro de Invalidez y Sobrevivencia y la comisión de la AFP. En resumen, el
descuento total mínimo que se debe realizar es, aproximadamente, de un 12,3% del
sueldo bruto y será pagado directamente por el empleador a la AFP.
La afiliación es un trámite que debe realizar el empleado en forma independiente, el cual
optará por la AFP de su preferencia. Ésta, a su vez, enviará una carta a la Empresa
(empleador) informando el monto que deberá pagar, el cual ha sido pactado previamente
por el empleado.

FONASA o ISAPRE

El descuento obligatorio para salud corresponde a un 7% del sueldo bruto, sin perjuicio
de que el empleado haya pactado previamente con la institución un descuento mayor.
Este monto deberá ser declarado y cancelado mensualmente por la Empresa
(empleador) a FONASA o Isapre elegida por el empleado.
La afiliación de salud, al igual que la previsional, es de responsabilidad del empleado, el
cual deberá optar por FONASA o la Isapre de su preferencia, debiendo esta última
informar al empleador sobre el monto a pagar mensualmente de acuerdo al plan
contratado.

Caja de Compensación

Corresponde a una persona jurídica, sin fines de lucro, cuya función principal es actuar
como cooperadora del Estado en el ámbito de seguridad social, canalizando y
administrando los fondos correspondientes a Asignaciones Familiares, Licencias
Médicas, Subsidio de Cesantía, Pre y Post Natal y en algunos casos, ahorro y crédito de
sus beneficiarios.

Actualmente -en Chile- existen cinco Cajas de Compensación sometidas a la fiscalización
de la Superintendencia de Seguridad Social, la Contraloría General de la República y la
Superintendencia de Valores y Seguros.

La afiliación por parte de una Empresa es voluntaria y no implica ningún costo para ella ni
para el trabajador (salvo que se comprometa a algún tipo de crédito o ahorro) y para
obtenerla se requiere del acuerdo de todos los trabajadores, que debe ser adoptado por
mayoría absoluta en una Asamblea convocada especialmente para este fin.

En esta Asamblea deberá actuar un Ministro de Fe, ya sea un Inspector del Trabajo,
Notario Público o funcionario de la Administración Civil del Estado, designado por la
Dirección del Trabajo. En empresas con menos de 25 trabajadores podrá ocupar este
lugar el Empleador o Representante Legal.

La afiliación de la Empresa operará desde el primer día del mes subsiguiente al de la
fecha de aprobación de la solicitud de afiliación.

Cada Caja de Compensación ofrece distintos beneficios a sus afiliados, ya sean viajes,
cursos de capacitación, convenios médicos, venta de bonos de FONASA, etc., razón por
la cual es importante que la Empresa evalúe bien estos beneficios a la hora de optar por
una u otra entidad.

Seguro de Cesantia

El seguro de cesantía es un instrumento de protección social destinado a
proteger a las personas que quedan cesantes ya sea por causas voluntarias o
involuntarias. creado mediante la Ley N° 19.728, vigente desde el 1 de octubre
de 2002, y modificada por la Ley N° 20.328 vigente desde el 1 de mayo de 2009.

Es obligatorio para los trabajadores dependientes mayores de 18 años y
regidos por el Código del Trabajo que inician una relación laboral con fecha
igual o posterior al 2 de octubre de 2002. La incorporación es voluntaria para
aquellos que firmaron un contrato de trabajo antes de esa fecha.
Quedan excluidos del seguro los siguientes casos:

•Trabajadores de casa particular
•Trabajadores sujetos a contrato de aprendizaje
•Trabajadores menores de 18 años de edad
•Trabajadores que tengan la calidad de pensionados, con excepción de los pensionados por invalidez parcial
•Trabajadores independientes
•Trabajadores regidos por cualquier otra norma que no sea el Código del Trabajo.

Los beneficios del seguro de cesantía están relacionados con la antigüedad o
tiempo cotizado en el sistema, el tipo de contrato de trabajo y la causal de
término de la relación laboral. En términos globales, la persona que es
despedida o renuncia a su trabajo tiene derecho a realizar tantos giros como el
saldo de la cuenta del afiliado le permita, mensuales y decrecientes,
permitiéndole con ello paliar en parte su carencia de ingresos cuando se ve
enfrentado al desempleo.

El seguro de cesantía no sólo tiene beneficios en dinero, sino también en
salud, asignación familiar y apoyo a la reinserción laboral a través del
funcionamiento de una Bolsa Nacional de Empleo y becas de capacitación.

Adicionalmente, el seguro entrega beneficios al trabajador cuando se
pensiona, quien puede retirar el total de los recursos acumulados en su cuenta
individual en forma libre de impuestos. En caso de fallecimiento del afiliado,
sus beneficiarios o herederos pueden retirar el saldo acumulado, con las
mismas ventajas tributarias.

Mutual

Seguro Vida Entera

Es un Seguro Unipersonal que entrega cobertura durante toda la Vida al Titular, y además ofrece valores garantizados de acuerdo a las condiciones particulares de la póliza de Seguro.

Modalidad de Pago:» Se puede contratar a prima temporal, es decir, el Asegurado paga hasta los 60 ó 65 años de edad, continuando con su cobertura vitalicia (POL 2 92 066, CAL 2 92 068, CAD 2 92 136.).» Se puede contratar a prima vitalicia, es decir, el pago se realiza hasta la fecha de fallecimiento del Asegurado (POL 2 92 066, CAL 2 92 067, CAD 2 92 136.).

Coberturas:» Vitalicia hasta el fallecimiento del Asegurado.» Doble pago de Indemnización por fallecimiento a causa de un accidente, hasta los 65 años de edad.

Valores garantizados a contar del tercer año

» Préstamo: El Asegurado puede obtener préstamos en efectivo, que devuelve en cuotas, manteniendo la vigencia del seguro y el pago de primas.

» Rescate: Consiste en retirar la totalidad del monto especificado en la tabla de valores garantizados a la fecha, provocando con ello el término del seguro.

» Saldación: Consiste en dejar de pagar primas continuando con la cobertura por el mismo plazo, pero con un capital reducido según tabla de valores garantizados.

» Prórroga: Consiste en dejar de pagar las primas continuando con la cobertura por el mismo capital, pero por un menor plazo, según tabla de valores garantizados.

Siete Beneficios Adicionales Gratuitos

Mutual de Seguros de Chile en su condición de Corporación Mutualista sin fines de lucro, entrega a los Asegurados, Beneficios Adicionales Gratuitos:
» Atención Médica Preventiva.
» Bonificación Extra al Capital Base.
» Cesantía.
» Enfermedad de Alto Riesgo.
» Intervención Quirúrgica.
» Natalidad.
» Pérdida Total del Patrimonio por Incendio.

* La Unidad Mutual (U.M.) es una unidad reajustable, propia y única de Mutual de Seguros de Chile, autorizada por la Superintendencia de Valores y Seguros, y actualizada una vez al año según reajuste de sueldos del sector público, reajustando de esta forma todos los valores expresados en Unidades Mutual.


Seguro Dotal

Es un Seguro Unipersonal que entrega cobertura durante el período definido por el Asegurado. Luego del cual se entrega el 100% de capital contratado. Además ofrece valores garantizados de acuerdo a las condiciones particulares de la póliza de Seguro (POL 2 92 066, CAL 2 92 069, CAD 2 92 136).

Período de Cobertura

5, 10, 15 y 20 años o hasta cumplir la edad de 60 ó 65 años.

Coberturas:» Fallecimiento del Asegurado durante el período contratado.
» Doble pago de Indemnización por fallecimiento a causa de un accidente, hasta los 65 años de edad.
» Pago del 100% del capital asegurado, en caso de sobrevivencia al término del plazo contratado.

Valores garantizados a contar del tercer año

» Préstamo: El Asegurado puede obtener préstamos en efectivo, que devuelve en cuotas, manteniendo la vigencia del seguro y el pago de primas.

» Rescate: Consiste en retirar la totalidad del monto especificado en la tabla de valores garantizados a la fecha, provocando con ello el término del seguro.

» Saldación: Consiste en dejar de pagar primas continuando con la cobertura por el mismo plazo, pero con un capital reducido según tabla de valores garantizados.

» Prórroga: Consiste en dejar de pagar las primas continuando con la cobertura por el mismo capital, pero por un menor plazo, según tabla de valores garantizados.

Siete Beneficios Adicionales Gratuitos

Mutual de Seguros de Chile en su condición de Corporación Mutualista sin fines de lucro, entrega a los Asegurados, Beneficios Adicionales Gratuitos:

» Atención Médica Preventiva.
» Bonificación Extra al Capital Base.
» Cesantía.
» Enfermedad de Alto Riesgo.
» Intervención Quirúrgica.
» Natalidad.
» Pérdida Total del Patrimonio por Incendio.

* La Unidad Mutual (U.M.) es una unidad reajustable, propia y única de Mutual de Seguros de Chile, autorizada por la Superintendencia de Valores y Seguros, y actualizada una vez al año según reajuste de sueldos del sector público, reajustando de esta forma todos los valores expresados en Unidades Mutual.

Seguro Protección Múltiple Reajustable

Es un Seguro Familiar que otorga cobertura al Titular, Cónyuge o Sustituto, Hijos y Cargas. Además contempla la posibilidad de contratar protección adicional para asegurar la educación de los Hijos (Cobertura Educacional para Hijos) y otorgar protección vitalicia a los Padres sobrevivientes (Cobertura Vitalicia para Padres Sobrevivientes) (POL 2 91 046).

Período de Cobertura

5, 10, 15 y 20 años (con renovación automática al termino del período).

Modalidad de Contratación

Soltero: Asegura sólo al Titular.
Viudo: Asegura al Titular e Hijos.
Casado: Asegura al Titular, Cónyuge o Sustituto, y a los Hijos.

Coberturas:
» Fallecimiento de cualquier componente del grupo familiar incorporado en la póliza. » Indemnización por muerte accidental del Titular, Cónyuge o Carga mayor hasta los 70 años de edad.
» Desmembramiento por accidente del Titular hasta los 70 años de edad.

Coberturas Complementarias del Seguro:

» Educacional para Hijos.
» Vitalicia para Padres Sobreviviente.

Persona que recibe la indemnización:
Al Fallecimiento del Asegurado contratante se pagará el equivalente al 100% del capital base al Beneficiario designado.Si fallece cualquier componente cubierto por la póliza, se pagará al Asegurado contratante las siguientes indemnizaciones en las proporciones y cantidades que se indican:

Cónyuge o Sustituto: 50% del Capital Base.
Hijos: 20% del Capital Base.
Carga Mayor: 25 U.M.
Carga Menor: 10 U.M.

Cobertura Gratuita:

Ante el fallecimiento del Asegurado Titular, tanto el Cónyuge o Sustituto como los Hijos, reciben una póliza gratuita por los mismos capitales de la póliza original, por un período de tiempo de 10 años para el Cónyuge o Sustituto y hasta los 21 años de edad para los Hijos.

Beneficios Adicionales Gratuitos

Mutual de Seguros de Chile en su condición de Corporación Mutualista sin fines de lucro, entrega a los Asegurados, Beneficios Adicionales Gratuitos:

» Atención Médica Preventiva.
» Bonificación Extra al Capital Base.
» Cesantía.
» Enfermedad de Alto Riesgo.
» Intervención Quirúrgica.
» Natalidad.
» Odontológico.
» Oftalmológica.
» Pérdida Total del Patrimonio por Incendio.

* La Unidad Mutual (U.M.) es una unidad reajustable, propia y única de Mutual de Seguros de Chile, autorizada por la Superintendencia de Valores y Seguros, y actualizada una vez al año según reajuste de sueldos del sector público, reajustando de esta forma todos los valores expresados en Unidades Mutual.


Seguro Rentas Privadas

Es un Seguro que garantiza al Titular, el pago de una renta por un período de tiempo y en caso de fallecimiento, el pago se realizará al Beneficiario de la póliza (POL 2 96 028). Mutual de Seguros ofrece tres tipos de Rentas Privadas: Pensión, Inversión y Educación.

Pensión

El Asociado realiza un pago único según el monto a invertir. Después del período de tiempo convenido, el Titular recibirá la cantidad y monto de rentas mensuales pactadas al contratar el Seguro.

Características

Plazo:

» Período diferido **: 1 a 60 meses
» Duración de la renta a recibir: 12 a 60 meses

Prima única: 100 a 2.000 U.F.*

Beneficios Adicionales Gratuitos:

» Atención Médica Preventiva.
» Natalidad.

Inversión

El Asociado realiza un pago único según el monto a invertir. Después del período de tiempo convenido, el Titular recibirá el monto Total pactado al momento de contratar el Seguro.

Características

Plazo:
» Período diferido **: 12 a 60 meses
» Número de pagos: una vez

Prima única: 50 a 1.000 U.F.*

Beneficios Adicionales Gratuitos:

» Atención Médica Preventiva.

Educación

El Asociado realiza un pago único según la cantidad y el monto de rentas mensuales que desea recibir después del plazo pactado para financiar la educación de sus Hijos.

Características

Plazo:
» Período diferido **: 12 a 120 meses
» Duración de la renta a recibir: 12 a 60 meses

Monto de la renta a recibir mensualmente: 4 ó 8 U.F.*

Beneficios Adicionales Gratuitos:

» Atención Médica Preventiva.
» Natalidad.

Características Generales

» Se recibe una renta garantizada previamente estipulada.
» Flexibilidad para designar Beneficiarios y sus montos de renta.
» Rentas pagadas en U.F.*, su dinero no pierde el poder adquisitivo en el tiempo.

Consultas a: rentasprivadas@mutualdeseguros.cl

*U.F.: La Unidad de Fomento (U.F.) es una unidad económica que se reajusta diariamente en base a la variación que experimenta el IPC (índice de Precios al Consumidor).» ver valor U.F.

** Tiempo de Capitalización.


Seguro Protección Familiar Temporal Flexible

Es un Seguro Familiar que otorga cobertura hasta los 100 años de edad al Titular, Cónyuge o Sustituto, y hasta los 24 años de edad a los Hijos, contratando para cada uno el capital que desee, siempre que no sobrepase el 100% del capital base contratado por el Asegurado Titular. Contempla cobertura adicional para el Cónyuge sobreviviente (Cobertura Temporal para Cónyuge Sobreviviente) y Beneficios Adicionales Gratuitos para los componentes de la póliza (POL 2 03 037).

Primas Invariables en el tiempo

Sus primas mensuales permanecerán invariables hasta los 100 años de edad, momento en el cual vence el Seguro.

Cobertura

» Fallecimiento de cualquier componente del grupo familiar incorporado en la póliza.
» Indemnización por muerte accidental del Titular, Cónyuge o Sustituto hasta los 70 años de edad.

Cobertura Complementaria del Seguro:

» Temporal para Cónyuge Sobreviviente.

Beneficios Adicionales Gratuitos

Mutual de Seguros de Chile en su condición de Corporación Mutualista sin fines de lucro, entrega a los Asegurados, Beneficios Adicionales Gratuitos:

» Atención Médica Preventiva.
» Bonificación Extra al Capital Base.
» Cesantía.
» Enfermedad de Alto Riesgo.
» Intervención Quirúrgica.
» Natalidad.
» Odontológico
» Odontológico para Hijos.
» Oftalmológica.
» Pérdida Total del Patrimonio por Incendio.
» Plantillas Ortopédicas para Hijos.

* La Unidad Mutual (U.M.) es una unidad reajustable, propia y única de Mutual de Seguros de Chile, autorizada por la Superintendencia de Valores y Seguros, y actualizada una vez al año según reajuste de sueldos del sector público, reajustando de esta forma todos los valores expresados en Unidades Mutual.


Seguro Mutual Adulto Vida Entera

Mutual de Seguros de Chile, ha creado un seguro especialmente diseñado para el adulto, al cual se asocian Beneficios Adicionales Exclusivos y Gratuitos, que tienen por objeto ayudar a solventar los gastos de salud de mayor frecuencia.Es un seguro de Protección Unipersonal, que indemniza al beneficiario que usted designe, por un capital único de 50 Unidades Mutual*. (POL 2 92 066, CAL 2 92 067).

Protección Durante toda la Vida:

Es un seguro con cobertura vitalicia, que lo protege durante toda su vida, mientras su seguro se encuentre vigente.

Prima Estable:

Es una prima nivelada en el tiempo, que sólo varía una vez al año, debido al reajuste que experimenta nuestra Unidad Mutual*.

Edad de Contratación:

La edad máxima para contratar este seguro es de 69 años con 364 días, y si usted mantiene vigente en la actualidad una póliza como asegurado titular con nuestra Corporación podrá contratarlo hasta los 74 años y 364 días.

Valores garantizados a contar del tercer año

» Préstamo: El Asegurado puede obtener préstamos en efectivo, que devuelve en cuotas, manteniendo la vigencia del seguro y el pago de primas.

» Rescate: Consiste en retirar la totalidad del monto especificado en la tabla de valores garantizados a la fecha, provocando con ello el término del seguro.

» Saldación: Consiste en dejar de pagar primas continuando con la cobertura por el mismo plazo, pero con un capital reducido según tabla de valores garantizados.

» Prórroga: Consiste en dejar de pagar las primas continuando con la cobertura por el mismo capital, pero por un menor plazo, según tabla de valores garantizados.

Siete Beneficios Adicionales Gratuitos

Al suscribir este plan, usted accede, en forma gratuita, a siete (7) importantes beneficios, que consisten en ayudas económicas o sociales, a raíz de las siguientes eventualidades:

» Atención Médica Preventiva.
» Beneficio por la Compra de Audífonos.
» Beneficio por la Adquisición de un Marcapaso Cardiaco.
» Beneficio Complementario al Plan GES (AUGE).
» Beneficio por la Compra de Bastones Ortopédicos.
» Beneficio Odontológico.
» Beneficio Oftalmológico.

* La Unidad Mutual (U.M.) es una unidad reajustable, propia y única de Mutual de Seguros de Chile, autorizada por la Superintendencia de Valores y Seguros, y actualizada una vez al año según reajuste de sueldos del sector público, reajustando de esta forma todos los valores expresados en Unidad Mutual.

Permisos

PERMISOS

Una vez que la Empresa se encuentra constituida y legalizada como contribuyente, el
comienzo de las actividades comerciales dependerá de una serie de Permisos otorgados
por distintas entidades de acuerdo al rubro de la Empresa.

Esta etapa de Creación de una Empresa contempla aspectos tan importantes como el
lugar físico donde se va a operar y el cumplimiento de las condiciones estructurales,
sanitarias y ambientales necesarias para ejercer el giro. Estos requisitos se encuentran regulados por ley y son necesarios para obtener la Patente Comercial.

Certificado de Informaciones Previas

Antecedentes Generales

Este Certificado indica, entre otras cosas, las normas urbanísticas para el uso de suelo y la declaración de utilidad pública que afecta al predio donde se desea instalar la Empresa, esto es, la compatibilidad del domicilio con el uso comercial que se le necesita dar.

El Certificado de Informaciones Previas es preciso solicitarlo para todo tipo de rubro y, sobre todo, si se requiere edificar.

Este documento proporciona, entre otros y según corresponda, los siguientes
antecedentes:

- Número municipal asignado al predio.
- Línea oficial, línea de edificación y/o anchos de vías que limiten o afecten al predio,
ubicación del eje de la avenida, etc.
- Declaración de utilidad pública que afecta al predio, en su caso, derivada del
Instrumento de Planificación Territorial.
- Indicación de los requisitos de urbanización.
- Normas urbanísticas aplicables al predio, por ejemplo, uso de suelo, alturas de
edificación, áreas de riesgo o de protección que pudieren afectarlo, zonas o
construcciones de conservación histórica o zonas típicas y Monumentos Nacionales
con sus respectivas reglas urbanísticas especiales, exigencias de plantaciones y
obras de ornato en las áreas afectas a utilidad pública, declaratoria de postergación
de permisos, señalando el plazo de vigencia y el decreto o resolución
correspondiente, entre otros.

Procedimiento

La solicitud del Certificado de Informaciones Previas se realiza en la Dirección de Obras Municipales (DOM) correspondiente al domicilio de la Empresa, debiendo presentarse en ese momento un croquis que muestre la ubicación del predio, indicando las calles circundantes y las medidas aproximadas de cada uno de los deslindes.

El trámite puede tener una duración de entre 7 a 15 días hábiles dependiendo del
Municipio y bajo esta última condición, su valor fluctuará entre los $ 3.000 a $ 5.000.

La normativa descrita en el Certificado tiene vigencia indefinida mientras no se realicen modificaciones a las normas urbanísticas, legales o reglamentarias pertinentes, las cuales deberán ser publicadas en el Diario Oficial para su validez.

Certificado de Calificación Técnica

Antecedentes Generales

Este documento tiene como objeto calificar los aspectos técnicos de la actividad a
desarrollar por la Empresa e indicará los posibles riesgos que su funcionamiento pudiese generar a sus trabajadores, entorno, etc.
La entidad calificará como Peligroso, Insalubre y/o Contaminante, Molesto o Inofensivo dependiendo del cumplimiento de ciertas normas establecidas para cada rubro y de acuerdo al Plan Regulador de cada comuna.

El Certificado de Calificación Técnica es requisito para la solicitud del Permiso de
Edificación en caso que se requiera construir o modificar el inmueble.

Procedimiento

La Empresa debe solicitar formalmente la calificación técnica de su actividad al Seremi de Salud, para lo cual se debe pedir el formulario de certificado y el instructivo respectivo, completar los Formatos 1, 2 y 3, presentarlo en las mismas oficinas con los siguientes documentos adjuntos y sus indicaciones particulares:

- Plano de Planta del Local (se recomienda solicitar a un Arquitecto):
o Ubicación de la edificación en el terreno.
o Dependencias (casino, servicios higiénicos, oficinas, bodegas, etc.).
o Ubicación de maquinarias y equipos.
o Actividades desarrolladas por vecinos y colindantes (vivienda, local comercial,
fábrica, colegio, hospital, etc.).
- Memoria Técnica de las Características de la Construcción y/o Ampliación
(basadas en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones):
o Tipo de construcción (nueva, antigua, materialidad, etc.).
o Piso de la Construcción (radier, madera, gravilla, textil, etc.).
o Características de los muros y deslindes (tipo, altura, materialidad, resistencia al
fuego, etc.).
o Tipo de techo (planchas metálicas, teja, madera, etc.).
o Memoria Técnica de los Procesos Productivos y su Respectivo Flujograma
(documento descriptivo/explicativo realizado por el interesado):
o Descripción del o de los productos que se fabrican, almacenan y/o elaboran.
o Materias primas, maquinarias y vehículos requeridos en la actividad.
o Zona de carga y descarga.
o Etapas básicas de la producción o proceso productivo.
o Stock de productos, forma y lugar de almacenamiento (tipo de envase,
temperatura promedio y ventilación de bodega, etc.).
o Cantidad de personas que trabajarán en las instalaciones.
o Duración del proceso productivo (operación continua o turnos diurnos y/o
nocturnos, etc.).
o Clasificación de Sustancias Químicas según Norma Chilena 382 Of.98.

- Anteproyecto de Medidas de Control de Contaminación de Aire, Agua y Suelos
(consultar en Seremi de Salud (Ex Sesma) o Servicio de Salud de cada comuna por
la normativa que les rige):
o Residuos Industriales Líquidos (Riles).
o Alcantarillado y Agua Potable.
o Emisiones por Fuentes Fijas (calderas, hornos, etc.).
o Residuos Industriales Sólidos (RIS).

- Anteproyecto de Medida de Control de Riesgos de Accidentes y Enfermedades
Laborales.

- Informe Sanitario Favorable en caso de que se posea.

- Si están disponibles, incluya los catálogos de las maquinarias, equipos, o
sistemas de control de material particulado, aerosoles u otros.

Estos requerimientos aparecen detallados en Instructivo de Calificación Técnica del
Servicio de Salud correspondiente a la comuna del domicilio de la Sociedad. Cabe
mencionar que estos antecedentes y otros serán requeridos de acuerdo al giro bajo el
cual opere la Empresa.

El valor del Certificado de Calificación Técnica bordea los $ 45.000 y podría demorar un par de semanas, dependiendo de la complejidad de las instalaciones, de la correcta entrega de los documentos y de la disponibilidad de los funcionarios revisores, luego de lo cual se hará entrega de la calificación.

Si ésta fuese rechazada o negativa, la Empresa podrá apelar ante el Servicio de Salud
demostrando haber realizado modificaciones tecnológicas que disminuyan el impacto
ambiental.

Certificado Municipal de Zonificación

Antecedentes Generales

Este documento, entregado por la Dirección de Obras de la I. Municipalidad respectiva, es requisito para la obtención de Patente Comercial, y especifica los antecedentes de zonificación de un predio, es decir, uso de suelo y exigencias para las construcciones en una determinada zona.

Procedimiento

El Representante Legal deberá concurrir previamente al Seremi de Salud o Servicio de
Salud correspondiente al domicilio de la Sociedad y retirar una Solicitud de Informe
Sanitario la cual, una vez cumplimentada, debe ser presentada ante la DOM.
El tiempo que demore la entrega del Certificado dependerá de cada Municipio, condición que aplicará también a su costo el cual fluctúa entre $ 1.000 y $ 3.000.

Autorización Sanitaria

Antecedentes Generales

Mediante este documento el Seremi de Salud o la Autoridad Sanitaria de cada comuna
autoriza la realización de una actividad lucrativa secundaria o terciaria dentro de los
límites de la comuna. Este trámite debe realizarse antes de instalar el local, y no
después, además, es de suma importancia que antes de arrendar o comprar un local, o
un terreno, que se destinará a uso comercial, se consulte el Plan Regulador de cada
Municipio, para evitar problemas posteriores.

Procedimiento

El interesado deberá concurrir a las oficinas del Servicio de Salud correspondientes al
Municipio del domicilio de la Empresa y solicitar el Formulario de Autorización Sanitaria
que especifica si el inmueble o predio cumple con las condiciones necesarias para
realizar la actividad comercial que se requiera. Este último deberá ser presentado con el
Informe de Zonificación entregado por el Municipio correspondiente.
Dependiendo del giro bajo el cual se realizará la actividad comercial se requerirán
diversos documentos, los cuales deberán ser adjuntados posteriormente al formulario.
La tramitación tiene una duración aproximada de 15 días hábiles y un arancel cobrado de
acuerdo al rubro, más un 0,5% del capital inicial declarado.

Trámite Cero

Antecedentes Generales

Para el caso de empresas consideradas de bajo riesgo ambiental o sanitario, la
Autorización Sanitaria se enmarca bajo el llamado Trámite Cero con el cual la Autoridad
Sanitaria se compromete a entregar el certificado en un plazo no mayor a 1 hora.
Entre las empresas que pueden optar a este trámite se encuentran los Talleres, Bazares,
Librerías, Ferreterías y Comercio que expendan alimentos no perecibles o bien que no
requieran de la manipulación de químicos y sustancias peligrosas, etc., así como también
aquellas empresas que requieran solicitar Certificados de Destinación Aduanera para la
internación de alimentos o materias primas.

Procedimiento

El Representante Legal de la Empresa deberá concurrir a las oficinas del Seremi de
Salud y solicitar los formularios “Declaración de Cumplimiento de Requisitos Sanitarios” y
“Trámite Cero”.
El primero de ellos contempla una autoevaluación de la Empresa y un compromiso de
cumplimiento de la normativa. El Seremi, en un acto de confianza, otorgará la
Autorización Sanitaria en el plazo de 1 hora contada desde la recepción de los
formularios y la cancelación del arancel correspondiente, el que variará de acuerdo al giro
de la Empresa.

Algunos de los valores son:

- Talleres: $ 52.750 + 0.5% capital inicial declarado.
- Alimentos: $ 17.590 + 0.5% capital inicial declarado.
- Ambulantes: $ 7.030 + 0.5% capital inicial declarado.
- Certificado de Destinación Aduanera: entre $ 14.000 y $ 72.000, dependiendo del
tonelaje a internar.

Es importante considerar que la Autoridad Sanitaria estará facultada para fiscalizar en
terreno el cumplimiento de lo declarado en el formulario, por esta razón es recomendable
asegurarse que la Empresa cumple con la Normativa para evitar futuras multas o la
cancelación de la Patente Comercial.

Certificado de Calificación de Actividad Industrial

Antecedentes Generales

Para que la Municipalidad pueda otorgar Patente definitiva para la instalación, ampliación
o traslado de industrias, se debe solicitar a la Autoridad Sanitaria un informe que
compruebe que se han implementado todas las medidas comprometidas para evitar
riesgos y molestias (Artículo 83 del DFL N° 725/67, Código Sanitario, D.O. 31.01.1968).

Este informe lo entrega el Servicio de Salud, luego de una inspección en terreno de la
Empresa ya instalada, previo a su funcionamiento y posterior a la calificación ambiental.
La Autoridad Sanitaria informará favorablemente una determinada actividad industrial o
comercial, siempre que determine que técnicamente se han controlado todos los riesgos
asociados a su funcionamiento y que la localización propuesta esté de acuerdo con el
Plan Regulador comunal e intercomunal.

Procedimiento

El Representante Legal deberá concurrir a las oficinas del Seremi de Salud o Servicio de
Salud del domicilio y presentar los siguientes antecedentes:

- Informe de Zonificación (emitido por la Municipalidad).
- Formulario de Solicitud de Informe Sanitario que estipula:

o Giros Solicitados.
o Datos del Establecimiento.
o Ubicación en el Mapa.
o Antecedentes de Superficie.
o Horario y Número de Trabajadores.
o Valorización de las instalaciones: Equipos y Maquinarias, Capital de trabajo y
Capital propio.

- Formulario Declaración de Cumplimiento de Requisitos Sanitarios correspondiente a
las características de su actividad. Si la Empresa operara con no más de 10
trabajadores y su capital inicial declarado no supera las 200 UF, está sujeto a la
solicitud Trámite Cero que se diferencia de la tradicional en los tiempos que demora,
ya que con este sistema el Seremi de Salud asegura el curso del trámite en no más
de 1 hora.

El tiempo que requiere el trámite es de alrededor de 40 días y su costo asciende a
$ 52.000 aproximadamente, más el 0,5% del capital inicial declarado.
Luego de este tiempo, el contribuyente recibe la Resolución Sanitaria Aprobada o
Rechazada, pudiendo en este último caso apelar luego de modificar los elementos en
conflicto.

Permiso de Edificación

Antecedentes Generales

Mediante este Permiso la Dirección de Obras Municipales (DOM), autoriza la petición de
un usuario para construir en el espacio de una comuna. Sin éste no podrá iniciarse obra
alguna.

Procedimiento

El interesado deberá contratar los servicios de un Arquitecto, quien concurrirá a las
oficinas de la Dirección de Obras Municipales correspondientes al domicilio del predio,
donde elevará la Solicitud de Permiso de Edificación, debiendo presentar los documentos
descritos más abajo. Cabe señalar que pueden existir variaciones de un Municipio a otro,
sin embargo, en términos generales, los antecedentes son:

- Solicitud firmada por el Propietario y el Arquitecto proyectista, indicando en ella o
acompañando los antecedentes que se requiera en cada caso.
- Fotocopia del Certificado de Informaciones Previas vigente o bien del que sirvió de
base para desarrollar el anteproyecto vigente y de la plancheta catastral si ésta
hubiere sido proporcionada.
- Formulario Único de Estadísticas de Edificación.
- Informe del Revisor independiente, cuando corresponda, o del Arquitecto proyectista.
- Certificado de factibilidad de dación de servicios de agua potable y alcantarillado,
emitido por la Empresa de Servicios Sanitarios correspondiente o por la autoridad
respectiva.
- Planos de arquitectura numerados (los que cada Municipalidad requiera).
- Cuadro de superficies.
- Plano comparativo de sombras, cuando corresponda.
- Planos de estructura.
- Especificaciones técnicas de las partidas contempladas en el proyecto.
- Levantamiento topográfico.
- Estudio de Ascensores, cuando corresponda.
- Aprobación del plano de agua potable otorgado por el Seremi de Salud.

Para las solicitudes de Permiso de Edificación ubicadas fuera de los límites urbanos,
deberán acompañar, además, los informes favorables de la Secretaría Regional del
Ministerio de Vivienda y Urbanismo y del Servicio Agrícola y Ganadero.

Luego de 15 días hábiles que demora la tramitación y posterior al pago equivalente al
1,5% del presupuesto de construcción estipulado en la solicitud, la DOM procederá a la
entrega del Cartón con la identificación del permiso y de los profesionales competentes,
un ejemplar de la boleta de permiso del proyecto y el legajo de antecedentes respectivos.
El Permiso de Edificación otorga al solicitante un plazo de tres años para comenzar las
obras, de lo contrario éste caducará. Lo mismo ocurre en las obras que permanecen
paralizadas durante ese tiempo.

A pesar de que dicho Permiso debe ser realizado por un Arquitecto, es recomendable
solicitar asesoría a un Revisor independiente registrado en el MINVU con el objeto de
acompañar la documentación con sus informes, de manera que se reduzcan los plazos
de la mayoría de los trámites relacionados.

Permiso de Obra Menor

Antecedentes Generales

Mediante este documento, la Dirección de Obras Municipales autoriza al interesado para
la ejecución de obras que no alteren la estructura principal del inmueble, como por
ejemplo, remodelaciones interiores, modificación de muros no estructurales, ampliaciones
de hasta 100 m2, etc.

Procedimiento

Al igual que en el caso anterior, este trámite debe ser realizado por un Arquitecto, quien
presentará ante las oficinas de la DOM los siguientes antecedentes:
- Certificado de Informaciones Previas.
- Planos de planta actual y propuesta.
- Presupuesto detallado.
- Especificaciones técnicas.
- Patentes profesionales al día de los responsables del proyecto.
- Declaración Jurada de calidad de Propietario.
Habitualmente este Permiso no tiene costo, sin embargo quedará a criterio de cada
Municipio su calificación para el caso de las ampliaciones inferiores a 100 m2 que
impliquen modificaciones mayores.

Por otra parte, la solicitud demora aproximadamente 15 días hábiles en ser aprobada y
tiene una vigencia de 3 años contados desde el momento de la emisión del Permiso.

Patente Comercial

Antecedentes Generales

La Patente Comercial, generalmente otorgada por el Departamento de Patentes
Municipales, autoriza la realización de una actividad lucrativa secundaria o terciaria
dentro de los límites de una comuna.

Este trámite debe realizarse antes de instalar el local, y no después. Es muy importante
que antes de arrendar o comprar un local, o un terreno, que se destinará a uso comercial,
se consulte el Plan Regulador de cada Municipio, para evitar clausuras.

Es conveniente señalar, a su vez, que dependiendo del rubro bajo el cual opere la
empresa se deberán cumplir distintos requisitos.

Procedimiento

Este documento deberá ser solicitado por el Dueño o Representante Legal en las oficinas
de la Municipalidad correspondientes al domicilio de la Empresa.
Si bien la documentación solicitada puede variar en cada Municipio, los más comunes
son:

• Para todos los Rubros
- Fotocopia Cédula de Identidad y/o RUT de la Sociedad.
- Si la solicitud corresponde a una Persona Jurídica, Fotocopia legalizada de la
Escritura de Constitución de Sociedad.
- Fotocopia de las modificaciones de la Escritura, si es que hubieren.
- Protocolización del Extracto.
- Publicación en Diario Oficial.
- Inscripción en el Conservador de Bienes Raíces y/o Acta de sesión de Directorio
del Nombramiento del Representante Legal (Sociedades Anónimas).
- Fotocopia Declaración de Iniciación de Actividades del Servicio de Impuestos
Internos.
- Fotocopia legalizada de Certificado de Dominio Vigente.
- Contrato de Arriendo.
- Escritura de la Propiedad.
- Fotocopia de la Escritura de Compraventa y/o Autorización notarial (según
corresponda).
- Declaración Simple de Capital Inicial, generalmente incluida en el Formulario.
- Croquis o plano de la distribución interna del local u oficina.
- Permiso de Edificación del inmueble donde se realizará la actividad comercial (si
va a construir).
- Recepción Definitiva de Obras de Edificación del inmueble en caso de que se
construya una edificación nueva para realizar la actividad productiva.
- Permiso de Obra Menor en caso de que se hagan modificaciones al inmueble
(cuando corresponda).
- Certificado de Informaciones Previas u otro documento que certifique que la
actividad que se va a realizar es acorde con el uso de suelo determinado por el
Plan Regulador (en la mayoría de los casos este trámite lo realiza internamente
el Municipio).

domingo, 10 de mayo de 2009

Informe del proyecto(SERSANIT)

Introducción:
• En este proyecto nuestro cliente será el metro de santiago.
• Nosotros como empresa presentaremos una solución a este problema tomando como ejemplos los metros de otros países, que cuentan con baños en sus estaciones.

Objetivos:

• El objetivo del proyecto es cubrir la deficiencia sanitaria que como empresa encontramos al interior del metro, respectivamente en sus estaciones.

Información:
• Diariamente el metro es utilizado por 2.000.000 de personas aprox.
• Tiempos de recorrido
• Todo esto fue recopilado de la pagina Web del metro de santiago

Proyecto:

• Nuestro servicio ira enfocado en instalar baños públicos en las estaciones mas importantes del metro entre ella están Escuela militar, Tobalaba, Los héroes, San Pablo, Vespucio norte, La cisterna, Plaza puente alto, Baquedano, Vicente Valdés, Quinta Normal y V. Mackenna.
• Por que son las estaciones de mayor fluencia de publico, debido a que estas son las estaciones terminales y de combinación


Estadísticas del metro:



Encuesta:



Tamaño de la Muestra:





Resultados de la encuesta:

2.000.000 = personas que ingresan diariamente al metro.
710 = personas encuestadas.
62 % = 440 personas dicen si.
30 % = 213 personas dicen no.
8 % = 57 personas dicen que no les interesa.


Grafico de la encuesta:








Conclusión:



El estudio de mercado arroja que el servicio que será presentado a la comunidad es de un 62% de aceptación.

PPT SERSANIT(PRYECTO)

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Mapa Mental(Rodrigo Bustos)

http://mind42.com/pub/mindmap?mid=1fbbbb14-a613-4f3f-bda8-9b5aa3c70df0

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